Lectura de 15 minActualizado: 14 de octubre de 2026
El registro de remitentes SMS ya es regla en buena parte de la región: en 2026, España, Colombia, Perú, Costa Rica y Chile definen cómo se identifica a quien envía mensajes de empresa a persona, cada uno con un modelo distinto. España inscribe alias en un registro de la CNMC; Colombia crea un Sender ID con validador centralizado y plantillas aprobadas; Perú reserva la serie 500 para comunicaciones comerciales; Costa Rica pide a los operadores registrar y verificar a quienes cursan tráfico A2P, y Chile usa prefijos. México, Brasil y Argentina no tienen, por ahora, una norma específica. Aquí tienes, país por país, la norma, la autoridad, las fechas y lo que implica para tu operación.
Última actualización: octubre de 2026. Reviso esta página conforme los reguladores publican cambios; cada dato está tomado de la norma o del comunicado oficial correspondiente, enlazado en la sección de fuentes.
En esta guía
- Qué es el registro de remitentes SMS y por qué se está extendiendo
- Mapa comparativo del registro de remitentes SMS por país
- País por país: qué implica para quien envía
- Cómo preparar la operación
- Preguntas frecuentes
- Fuentes
Qué es el registro de remitentes SMS y por qué se está extendiendo
Llamo registro de remitentes a cualquier mecanismo regulatorio que vincula el identificador que ve el usuario —un alias alfanumérico, un código corto o un número— con una organización verificada y responsable del mensaje. En mis más de 19 años operando plataformas de mensajería crítica, esa vinculación dependía sobre todo de acuerdos entre empresas, agregadores y operadores. Ahora el regulador la convierte en una regla común.
La lógica es sencilla: si el nombre en pantalla está respaldado por un registro, el usuario confía en él con más facilidad y el canal gana valor para todos. Para quien envía notificaciones bancarias, códigos de verificación o avisos de servicio es una buena noticia: el SMS mantiene el mayor alcance de la región y, con identidad verificada, cada mensaje llega con una señal de legitimidad común. Desarrollé esta idea en identidad de las comunicaciones como capa de confianza y en una primera comparación de registro de remitentes en España, Costa Rica, Colombia y México. Hay al menos cuatro modelos:
- Registro de alias o remitentes: el titular inscribe su identificador alfanumérico en un registro público antes de usarlo, y los operadores bloquean lo que no está inscrito (España).
- Verificación central con plantillas: un validador revisa la identidad del remitente y aprueba el contenido base de cada tipo de mensaje antes de que se curse (Colombia).
- Numeración dedicada: una serie o prefijo identifica por sí solo la naturaleza de la comunicación, por ejemplo comercial frente a servicio contratado (Perú y Chile).
- Registro y verificación en la red del operador: el operador mantiene un registro de las entidades que le envían tráfico A2P, exige atributos de identificación y separa ese tráfico del personal (Costa Rica).
Mapa comparativo del registro de remitentes SMS por país
La tabla resume el estado a octubre de 2026. Las fechas corresponden a la publicación o aprobación de cada norma y a sus plazos de aplicación según el texto oficial.
| País | Modelo | Norma y autoridad | Estado / fecha de aplicación | Qué implica para quien envía |
|---|---|---|---|---|
| España | Registro de alias (SMS, MMS y RCS) | Orden TDF/149/2025, modificada por la TDF/558/2026; Circulares 1, 2 y 3/2026 de la CNMC | Bloqueo de alias no inscritos desde el 15/09/2026; preinscripciones provisionales en resolución | Inscribir cada alias antes de usarlo, con vínculo a marca, denominación o dominio, y sus proveedores habilitados |
| Colombia | Sender ID, validador centralizado y plantillas | Resolución CRC 8308 de 2026 (30/07/2026), CRC | Transición de 12 meses por fases, desde la vigencia del acto de remuneración A2P de la CRC | Obtener Sender ID, verificar identidad y registrar plantillas: sin plantilla aprobada no se cursa A2P |
| Perú | Numeración dedicada (serie 500) | Decreto Supremo N.° 018-2026-MTC, MTC | Publicado en septiembre de 2026; 180 días calendario para operadores | SMS comerciales o publicitarios desde un número 500 XXX XXX visible completo |
| Costa Rica | Registro y verificación A2P en la red del operador | Resolución RCS-151-2026 (18/06/2026), SUTEL | Gradual: etapas de 180, 360 y 540 días | Enviar por rutas formalizadas, con nombre alfanumérico, número y origen identificados |
| Chile | Numeración dedicada (600, 809; 702 para el Estado) | Subtel: Res. Ex. 1.031 y 900 de mayo de 2026 | Prefijos desde el 13/08/2025; 702 desde marzo de 2027 | 600 para servicios contratados; 809 para comerciales no solicitadas; incluye SMS y MMS |
| México | Sin norma específica de remitentes | CRT: Lineamientos para la identificación de líneas telefónicas móviles. Profeco: REPEP | Vinculación de líneas del 15/08 al 31/12/2026; reglas comerciales anunciadas, sin publicar | Respetar el REPEP en publicidad y adelantar inventario y separación de tráfico |
| Brasil | Sin registro normativo; directorio autorregulado de códigos cortos | Anatel; ABR Telecom gestiona el directorio | Anunciado en enero de 2026, en implementación | Documentar la cadena operador, agregador y cliente final de cada código corto |
| Argentina | Sin norma específica de remitentes | ENACOM: sin norma localizada. Ley 26.951 (Registro No Llame, AAIP) | Vigente | Depurar envíos promocionales contra el Registro No Llame |
País por país: qué implica para quien envía
España: Registro de Alias de la CNMC
La Orden TDF/149/2025, de 12 de febrero, establece en su artículo 8 que las empresas y administraciones que usen identificadores alfanuméricos deben inscribirlos, antes de usarlos, en el registro que gestiona la CNMC, que además identifica qué proveedores están habilitados para enviar SMS, MMS o RCS con cada alias. Los operadores deben bloquear los mensajes con alias no inscritos o cursados por proveedores no habilitados.
La Orden TDF/558/2026 trasladó el inicio del bloqueo del 7 de junio al 15 de septiembre de 2026, para completar las pruebas y proteger comunicaciones esenciales como citas médicas o notificaciones administrativas. La Circular 1/2026 de la CNMC fija las reglas: alias de 3 a 11 caracteres, vinculados a una marca, nombre comercial, denominación social o dominio, y rechazo de términos genéricos. La Circular 2/2026 aclaró la representación y la carga masiva, y la Circular 3/2026 dejó en preinscripción provisional las solicitudes presentadas antes de las 15:00 del 14 de septiembre, con tres meses para resolverlas.
Qué implica: cada alias debe estar inscrito a nombre de su titular y vinculado a los proveedores que lo cursan. Cambiar de proveedor exige actualizar el registro.
Colombia: Sender ID y validador centralizado (Resolución CRC 8308 de 2026)
La Resolución CRC 8308 de 2026, del 30 de julio, crea el Sender ID, un recurso de identificación administrado por la CRC que identifica de forma única al responsable de producir y generar los contenidos. Junto a él aparece un validador centralizado que verifica la identidad de los participantes del ecosistema A2P, aprueba plantillas y emite certificaciones.
La pieza clave es la plantilla: la estructura base del mensaje que el titular del Sender ID somete a aprobación. Según la resolución, ningún mensaje A2P podrá cursarse por las redes de los operadores sin una plantilla aprobada. Quien solicite códigos cortos debe declarar en qué calidad lo hace (integrador tecnológico, proveedor de contenido u operador) y demostrar trazabilidad. La transición es de 12 meses por fases (selección del validador, inscripción, registro de plantillas y pruebas, consolidación de códigos cortos), contados desde la vigencia del acto con el que la CRC defina la nueva remuneración del tráfico A2P.
Qué implica: el catálogo de mensajes se vuelve un activo regulatorio; los textos libres generados desde varios sistemas tendrán que consolidarse en plantillas.
Perú: serie 500 para comunicaciones comerciales
El Decreto Supremo N.° 018-2026-MTC, publicado en septiembre de 2026, establece el uso obligatorio de la serie 500 para llamadas y mensajes de texto con fines comerciales o publicitarios. El número tiene el formato 500 XXX XXX y debe mostrarse completo. Los operadores tienen 180 días calendario para adaptar sus redes, y el MTC evaluará el esquema a los 18 meses. Lo detallé en el artículo sobre Perú y la serie 500 para SMS y llamadas comerciales.
Qué implica: el criterio es la finalidad. La clasificación entre comercial y no comercial tiene que existir en tu plataforma antes de elegir la ruta.
Costa Rica: registro de entidades A2P en la red (SUTEL, RCS-151-2026)
La SUTEL aprobó el 18 de junio de 2026 la resolución RCS-151-2026, que extiende al SMS un marco que en 2023 se había centrado en la voz. Los operadores deben separar el tráfico P2P del A2P, aceptar A2P solo por rutas oficiales con acuerdos formales y mantener registros de las entidades autorizadas, con verificación de su identidad y del uso previsto. Los remitentes deben especificar atributos como el nombre alfanumérico, el número y el origen. La implementación es gradual, en etapas de 180, 360 y 540 días.
Qué implica: sin registro público, el efecto es parecido: tu proveedor te pedirá identidad, casos de uso y remitentes, y cursará el tráfico solo por rutas formalizadas.
Chile: prefijos 600 y 809, también para SMS
Desde el 13 de agosto de 2025, las comunicaciones comerciales y masivas en Chile deben llevar los prefijos 600 u 809. En mayo de 2026, las resoluciones exentas 1.031 y 900 de la Subtel precisaron el alcance: el 600 queda para comunicaciones esperadas sobre servicios ya contratados, sin ofrecer productos nuevos, y el 809 para comunicaciones comerciales no solicitadas. El prefijo 702, para comunicaciones masivas del Estado, empieza en marzo de 2027. La Subtel incluye expresamente el SMS y el MMS.
Qué implica: un mismo cliente puede necesitar dos identidades numéricas, una para avisos de servicio y otra para ofertas.
México: padrón de líneas, REPEP y una regulación anunciada
México no tiene, a octubre de 2026, una norma específica de registro de remitentes de SMS. Lo que está en marcha es la vinculación de las líneas móviles con su titular, según los Lineamientos para la identificación de líneas telefónicas móviles de la CRT, con un calendario por terminación del número del 15 de agosto al 31 de diciembre de 2026; las líneas no vinculadas se suspenden en 72 horas, salvo emergencias. El padrón no identifica remitentes, pero da más certeza sobre el destinatario, como analicé en SIM registrada no es SIM confiable.
Para publicidad, el REPEP de Profeco cubre llamadas y mensajes de texto, con efecto a los 30 días naturales de la inscripción. La CRT anunció reglas sobre comunicaciones comerciales no solicitadas, con consulta pública prevista para la segunda mitad de septiembre; al cierre de esta actualización no he encontrado publicado el anteproyecto. En banca, la CNBV confirmó el SMS para códigos de autenticación, como expliqué en el análisis sobre la CNBV y el SMS para autenticación bancaria.
Qué implica: es buen momento para ordenar inventario y separación de tráfico y llegar a la consulta con datos.
Brasil: sin registro normativo, con un directorio autorregulado
Brasil no tiene una norma de Anatel equivalente a un registro de remitentes de SMS. En voz, Anatel hizo opcional en agosto de 2025 el prefijo 0303 y exigió autenticación de llamadas (Origem Verificada) a quien supere 500,000 llamadas al mes, y anunció un plan para la mensajería. En enero de 2026 se informó que la ABR Telecom gestionará un directorio centralizado de contratos de códigos cortos, que identifica operador, agregador y usuario final, en un modelo autorregulado aprobado por Anatel.
Qué implica: la trazabilidad del código corto hasta el cliente final se vuelve requisito de mercado.
Argentina: sin norma específica de remitentes
No he encontrado una norma del ENACOM sobre registro o verificación de remitentes de SMS. Para mensajes promocionales aplica la Ley 26.951, que creó el Registro Nacional No Llame, administrado por la AAIP: alcanza llamadas y SMS a celulares de quienes publicitan, ofertan, venden o regalan bienes o servicios, con 30 días para dejar de contactar un número inscrito y excepciones como la relación contractual vigente.
Qué implica: el foco es depurar bases promocionales; las buenas prácticas de gobierno de alias te dejan listo si el criterio regional llega.
Cómo preparar la operación
Los cuatro modelos responden a la misma pregunta: ¿quién escribe y para qué? España responde con el nombre; Perú y Chile, con el número; Colombia, con el nombre y el contenido aprobado, y Costa Rica, con la ruta verificada. Para un equipo técnico, eso se traduce en tres atributos que deben viajar con cada mensaje desde que se genera: quién es el titular verificado, qué tipo de mensaje es y por dónde se cursa. Si tu plataforma los maneja como metadatos de primera clase, adaptarte a cada país es configuración, no desarrollo. Estas son las prácticas que recomiendo:
1. Inventario de remitentes
Empieza por saber qué identificadores usas hoy. Parece obvio, pero en organizaciones grandes es habitual encontrar alias creados por distintas áreas, códigos cortos heredados y números largos que alguien dio de alta para una campaña. El inventario debería registrar, por cada remitente:
- Identificador exacto (alias, código corto o número) y país donde se usa.
- Titular legal y vínculo que lo respalda: marca registrada, denominación social o dominio.
- Área responsable y persona de contacto.
- Tipos de mensaje que envía y volumen aproximado.
- Proveedores y rutas habilitados para cursarlo.
Con ese inventario puedes inscribir alias en España, preparar la solicitud de Sender ID en Colombia y responder sin demoras a la verificación que te pida un operador en Costa Rica.
2. Separar el tráfico transaccional del comercial
Es el requisito que más se repite: Perú lo resuelve con la serie 500, Chile con el 600 frente al 809, Colombia con plantillas y Costa Rica con la separación A2P y P2P. Conviene separar en origen, no en el último salto:
- Clasifica cada mensaje como transaccional (códigos, confirmaciones), de servicio (avisos sobre algo contratado) o comercial (ofertas).
- Usa remitentes distintos por categoría cuando la norma lo permita o lo exija.
- Asigna colas y prioridades distintas: un código de verificación no espera detrás de una campaña.
- Guarda la categoría como metadato de cada envío, junto con la ruta usada.
La separación también mejora la experiencia: el usuario aprende que cierto remitente solo le envía lo importante. Si usas el canal de vuelta, como describí en SMS bidireccional como canal de vuelta, las respuestas deben llegar al remitente correcto.
3. Plantillas como contrato
Colombia es el primer país de la lista que exige plantillas aprobadas, y es razonable que otros avancen en esa dirección. Un catálogo con parte fija y variables tipadas da textos consistentes, menos errores y revisión legal centralizada. En verificación, una plantilla estable ayuda además a que el teléfono reconozca el código, como expliqué en el artículo sobre Android 17, SMS Retriever y WebOTP.
- Da a cada plantilla un ID estable y versiona sus cambios.
- Define y valida las variables que admite (nombre, monto, código, fecha).
- Asocia cada plantilla a una categoría de tráfico y a sus remitentes.
- Que los sistemas de negocio pidan una plantilla con parámetros, no textos libres.
4. Gobierno de alias y remitentes
Los remitentes son identidad de marca y conviene tratarlos como un dominio o un certificado:
- Un dueño por remitente, responsable de alta, cambios de proveedor y baja.
- Alta controlada: ningún alias nuevo sin pasar por el inventario y, donde aplique, por el registro oficial.
- Sincronización con proveedores: actualiza la habilitación en el registro antes de mover tráfico a otra ruta.
- Revisión trimestral para dar de baja remitentes sin uso y confirmar vínculos de marca o dominio.
- Evidencia de solicitudes, aprobaciones y cambios, útil en cualquier auditoría.
Este gobierno encaja en la gestión de activos y de proveedores de cualquier sistema de gestión de seguridad maduro: no es un proyecto aparte, sino un control existente aplicado a un activo nuevo.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el registro de alias de la CNMC?
Es el registro que la CNMC gestiona en España, según la Orden TDF/149/2025, donde las empresas y administraciones inscriben los identificadores alfanuméricos con los que envían SMS, MMS o RCS. Cada alias queda vinculado a su titular y a los proveedores habilitados. Desde el 15 de septiembre de 2026, los operadores bloquean los mensajes con alias no inscritos o enviados por proveedores no habilitados.
¿En México es obligatorio registrar el remitente de un SMS?
A octubre de 2026 no existe en México una norma específica que obligue a registrar remitentes de SMS. Lo vigente es la vinculación de líneas móviles con su titular, según los lineamientos de la CRT, y el REPEP de Profeco para mensajes publicitarios. La CRT anunció reglas sobre comunicaciones comerciales no solicitadas; conviene seguir su consulta pública.
¿La serie 500 de Perú aplica a los códigos de verificación por SMS?
El Decreto Supremo 018-2026-MTC se refiere a llamadas y mensajes con fines comerciales o publicitarios, que deben usar números 500 XXX XXX. Los códigos de verificación y los avisos transaccionales no tienen esa finalidad, pero la decisión depende del contenido real del mensaje. Por eso es clave clasificar cada envío en origen y no mezclar promociones con mensajes de servicio.
¿Qué es el Sender ID en Colombia?
Es el recurso de identificación creado por la Resolución CRC 8308 de 2026 y administrado por la CRC, que identifica de forma única al responsable de los contenidos enviados por SMS. Funciona junto con un validador centralizado que verifica la identidad y aprueba plantillas. Ningún mensaje A2P podrá cursarse sin una plantilla aprobada una vez completada la transición de 12 meses.
¿Los prefijos 600 y 809 de Chile aplican a los SMS?
Sí. Según la Subtel, el alcance incluye todo tipo de comunicación verbal o escrita, y menciona expresamente el SMS y el MMS. El 600 se usa para comunicaciones esperadas sobre servicios ya contratados, sin ofrecer productos nuevos, y el 809 para comunicaciones comerciales no solicitadas. El 702, para comunicaciones masivas del Estado, empieza en marzo de 2027.
¿Cómo empiezo si opero en varios países?
Con un inventario único de remitentes que incluya titular, vínculo de marca o dominio, país, categoría de tráfico y proveedores habilitados. A partir de ahí, separa el tráfico transaccional del comercial, consolida tus textos en plantillas versionadas y asigna un responsable a cada remitente. Con esa base, cada norma nueva se resuelve con configuración y no con desarrollo.
Si necesitas el detalle técnico del identificador, explico qué es el remitente alfanumérico y qué reglas suelen aplicar en ID de remitente en SMS: qué es, reglas y qué cambia por país.
Fuentes
- BOE: Orden TDF/149/2025, de 12 de febrero (12/02/2025).
- BOE: Orden TDF/558/2026, de 4 de junio, por la que se modifica la Orden TDF/149/2025 (05/06/2026).
- BOE: Circular 1/2026, de 18 de marzo, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se regula el Registro de Alias (27/03/2026).
- CNMC: La CNMC modifica la circular del Registro de alias para reforzar su funcionamiento y facilitar la comunicación y gestión de alias por parte de las empresas (05/06/2026).
- BOE: Circular 3/2026, de 8 de septiembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifica la Circular 1/2026 (12/09/2026).
- CRC: Resolución CRC 8308 de 2026 (30/07/2026).
- Andina: MTC fija reglas para llamadas comerciales: si tienen prefijo 500, quieren venderte algo (16/09/2026).
- SUTEL: Principales Resoluciones y Acuerdos (RCS-151-2026) (18/06/2026).
- SUTEL: 02238-SUTEL-DGM-2026, actualización regulatoria de la RCS-294-2023 (06/03/2026).
- Subtel: Actualización de prefijos (04/06/2026).
- Subtel: Desde este miércoles las llamadas comerciales y masivas deberán llevar los prefijos 600 y 809 para su identificación (12/08/2025).
- Gobierno de la Ciudad de México: CRT anuncia calendario y fechas límite para registro de líneas telefónicas (26/06/2026).
- Profeco: Preguntas frecuentes – REPEP (consultado el 03/10/2026).
- Excélsior: CRT contra spam y por ventanilla única; Bait: son 10 millones de líneas (25/08/2026).
- Exame: Anatel deixa de exigir uso do prefixo 0303 em ligações de telemarketing (13/08/2025).
- Teletime: ABR Telecom centralizará diretório de códigos para SMS (20/01/2026).
- AAIP: Preguntas Frecuentes – Registro Nacional No Llame (consultado el 03/10/2026).
¿Estás ordenando tus remitentes ahora? Si tu equipo envía mensajes en más de un país y quiere llegar con el inventario, las plantillas y la separación de tráfico resueltos antes de que cada norma sea exigible, escríbeme: es una conversación que estoy teniendo bastante seguido.
Seguir leyendo
- Registro de remitentes SMS en España, Costa Rica, Colombia y México — el análisis inicial de los cuatro enfoques que dio origen a esta guía.
- Perú y la serie 500 para SMS y llamadas comerciales — detalle del modelo de numeración dedicada.
- Identidad de las comunicaciones — por qué la identidad del remitente es una capa de confianza del canal.
- CNBV habilita el SMS para autenticación bancaria — el contexto regulatorio del SMS transaccional en México.
- SIM registrada no es SIM confiable — qué aporta y qué no el padrón de líneas móviles.


