Perú y la serie 500: identificar al remitente por numeración

Perú oficializó el prefijo 500 para llamadas y SMS comerciales, con 180 días para los operadores. El cuarto modelo de identidad del remitente en la región, y por qué obliga a separar tráfico comercial de transaccional.

Lectura de 7 minActualizado: 23 de octubre de 2026

El 16 de septiembre de 2026 el Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Perú publicó el Decreto Supremo N.° 018-2026-MTC. La norma obliga a que toda llamada y todo mensaje de texto con fines comerciales o publicitarios salga desde numeración con el formato 500 XXX XXX, visible completo en la pantalla del destinatario, y le da a los operadores 180 días calendario para adecuar su infraestructura.

Hace dos semanas escribí sobre el registro de remitentes en España, Costa Rica y Colombia. Perú acaba de sumar un cuarto camino, y es el más distinto de los cuatro: no identifica a la empresa que envía, la encasilla en un rango de numeración reconocible.

Qué dice la norma del prefijo 500

El decreto no es una recomendación sectorial. Fija obligaciones concretas con plazo y con sanción, y alcanza tanto al operador como a la empresa que contrata la campaña.

  • Formato obligatorio. Nueve dígitos con el prefijo 500 al frente, y el número completo tiene que mostrarse en el equipo del usuario. El operador no puede sustituirlo por otra numeración ni ocultarlo.
  • Alcance. Llamadas y mensajes de texto con fin comercial o publicitario, incluidas las campañas que ejecutan terceros, call centers y empresas de telemarketing por cuenta de la marca.
  • Trazabilidad. Los números deben quedar registrados en un sistema que permita identificar el origen y bloquear comunicaciones.
  • Consentimiento. La obligación de contar con consentimiento previo expreso sigue vigente y no se sustituye por usar la serie 500.
  • Plazo. 180 días calendario desde la entrada en vigor para que los operadores adecuen infraestructura, con evaluación de resultados por parte del MTC a los 18 meses.
  • Sanción. Infracción muy grave. Para operadores, entre 500 y 1.000 UIT. Para la empresa que incumple, hasta 450 UIT.

El cuarto modelo de identidad del remitente

Puestos uno al lado del otro, los cuatro marcos de la región resuelven el mismo problema en capas distintas. Ninguno se superpone con los otros y, técnicamente, se pueden acumular.

MercadoQué identificaDónde actúaQuién carga el esfuerzo
EspañaAl titular del aliasAntes del envíoLa empresa emisora
Costa RicaEl tipo de tráfico, P2P o A2PDurante el tránsitoEl operador
ColombiaEl remitente empresarialEn la lecturaOperador y emisor
PerúLa categoría del mensajeEn el número de origenOperador y emisor
MéxicoSin esquema equivalente——
Cuatro caminos distintos hacia el mismo objetivo: que el receptor sepa algo cierto sobre quién le escribe antes de abrir el mensaje.

La diferencia importante es qué aprende el destinatario en cada modelo. El registro español le dice quién envía. La serie peruana le dice de qué tipo es el mensaje. Son cosas distintas, y la segunda es mucho más barata de implementar porque no exige verificar marcas ni mantener un padrón.

La pregunta que define el proyecto: qué tráfico es comercial

Acá está el punto técnico que va a definir cuánto trabajo cuesta cumplir esta norma, y es el que menos se discute. El decreto alcanza a lo comercial y publicitario. No alcanza al mensaje transaccional: el código de autenticación, la alerta de un cargo, el aviso de que un envío salió de depósito.

Esa frontera existe en la norma. La pregunta es si existe en tu plataforma.

Si el mismo remitente envía el OTP y la promoción, la norma peruana te obliga a partir en dos algo que hoy sale por un solo lugar.

En una plataforma ordenada, el tipo de tráfico es un atributo declarado del envío, no algo que se deduce leyendo el texto. En muchas plataformas reales no es así: el mismo cliente, el mismo remitente y la misma ruta sirven para los dos casos, y la única forma de separarlos es mirar el contenido. Cuando la CNBV habilitó el SMS para códigos de autenticación en operaciones con comisionistas, el efecto práctico fue parecido: obliga a saber con precisión qué clase de mensaje es cada envío.

Lo que cambia en la práctica para quien opera campañas hacia Perú

  1. Clasificar el tráfico en el origen. Cada envío tiene que llevar su categoría declarada por API, no inferida. Si hoy no existe ese campo, es el primer desarrollo.
  2. Separar rutas. El tráfico comercial hacia Perú va a necesitar numeración 500 asignada por el operador. El transaccional sigue por donde va hoy. Son dos caminos, con dos configuraciones y dos tableros.
  3. Coordinar la asignación con anticipación. Los bloques los asigna el operador. En los 180 días los va a pedir todo el mercado a la vez; quien lo haga en el mes doce va a competir por cupo.
  4. Rehacer los informes. Si el reporte que le entregas al cliente no distingue comercial de transaccional, en Perú deja de servir para demostrar cumplimiento.
  5. Revisar el consentimiento. Usar la serie 500 no lo reemplaza. Quien crea que el prefijo lo habilita a contactar va a tener un problema distinto y más caro.
  6. Avisarle al usuario final. Un cliente que hoy reconoce tu nombre en el remitente va a empezar a ver un número. Ese cambio se comunica antes, no después.

Dato operativo. El campo de categoría del mensaje no requiere esperar al regulador peruano ni contratar nada. Es una columna, un valor obligatorio en el alta de campaña y un filtro en el reporte. Hacerlo ahora cuesta una semana de trabajo; hacerlo cuando los bloques ya estén asignados y el cliente pida el informe cuesta bastante más.

Por qué la numeración dedicada resuelve menos de lo que parece

Tengo una reserva con este modelo y conviene decirla. Un rango numérico identifica la naturaleza del mensaje, no a quién lo manda. El usuario que ve un 500 sabe que le están vendiendo algo; no sabe si lo contacta su banco o alguien que se hace pasar por su banco.

Hay un segundo efecto, más silencioso: cuando toda una categoría comparte un prefijo, el usuario aprende a descartar el prefijo completo. Es eficaz contra el spam y bastante indiferente al fraude, porque quien suplanta una marca no va a mudarse al rango que la gente ignora. La identidad de las comunicaciones sigue sin resolverse por esta vía; se resuelve verificando al emisor, que es el camino español.

Dicho eso, el modelo peruano tiene una virtud que los otros tres no tienen: se implementa sin construir un padrón nacional, sin verificar titularidad de marcas y sin depender de que cada empresa haga un trámite. Para un regulador con poco presupuesto y mucho spam, es la opción con mejor relación entre esfuerzo y resultado visible.

Y México

México sigue sin esquema de identidad del remitente. La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones trabaja en reglas para llamadas y mensajes comerciales no solicitados, con derecho del usuario a rechazar publicidad y trazabilidad de los contratos de publicidad, pero al cierre de este artículo la consulta todavía no se publicó.

Con cuatro países de la región con normas aprobadas y plazos corriendo, mi lectura es que la pregunta ya no es si México va a regular esto, sino cuál de los cuatro modelos va a tomar como base. Y como los cuatro piden lo mismo en el fondo —saber qué tipo de mensaje es cada envío y de dónde salió—, la preparación es la misma en todos los casos.

Si tu plataforma tuviera que responder hoy, por escrito, qué porcentaje de tus envíos del mes pasado fue comercial y cuál transaccional, ¿podrías contestar sin abrir el contenido de los mensajes?

Preguntas frecuentes

¿La serie 500 aplica a los códigos de autenticación?

No. El decreto alcanza a las comunicaciones con fines comerciales o publicitarios. Un OTP, una alerta de cargo o una notificación de estado de un envío son mensajes transaccionales y quedan fuera. El requisito práctico que sí aparece es poder demostrar la diferencia.

¿Desde cuándo es exigible?

Se publicó el 16 de septiembre de 2026 y otorga 180 días calendario desde su entrada en vigor para que los operadores adecuen infraestructura, lo que ubica la exigibilidad plena alrededor de marzo de 2027. El MTC evalúa resultados a los 18 meses.

¿Reemplaza al consentimiento previo?

No. La obligación de contar con consentimiento previo expreso para contactar con fines comerciales sigue vigente por separado. El prefijo identifica la comunicación; no autoriza el contacto.

¿Qué pasa con los remitentes alfanuméricos?

Para el tráfico comercial el decreto exige numeración con el prefijo y que se muestre completa, de modo que el alias alfanumérico deja de ser una opción en esa categoría. Para el tráfico transaccional la norma no introduce ese requisito.

Fuentes

¿Estás evaluando esto ahora? Si tu equipo opera tráfico hacia Perú o está separando tráfico comercial de transaccional, escríbeme: es una conversación que estoy teniendo bastante seguido.

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